En la
última asamblea de AGD CBC se votó unánimemente la conformación de una comisión
de trabajo que estudiara el problema de la “institucionalización” de nuestra
unidad académica y preparase una propuesta que pudiera dar respuesta a esa
grave falencia que padecemos los y las docentes del Ciclo Básico Común de la UBA , que es la falta de
órganos de co-gobierno.
Como
sabemos, hoy en día quienes trabajamos en el CBC (al igual que quienes estudian
en él) no tenemos ciudadanía, es decir, no podemos participar ni directamente
ni a través de representantes de claustro en las decisiones que se toman con
respecto al ciclo, violándose así (una vez más) los preceptos del Estatuto
Universitario, fundados sobre la
retórica de los principios del co-gobierno.
A su
vez, en junio el Consejo Superior ha conformado una “comisión” para evaluar al
CBC y presentar propuestas de reformas, comisión conformada por representantes
elegidos directamente por los decanatos de cada facultad (sin consulta a sus
Consejos Directivos, siquiera), y el director del CBC (elegido de manera
automática por la misma mayoría del Consejo Superior por sugerencia del Rector).
Es decir, se ha constituido una comisión para pensar el CBC conformada por personas
ajenas al mismo y que por lo tanto no conocen ni viven los problemas
pedagógicos, académicos y laborales que sufre el espacio). Esta situación no es
nueva: sabemos que muchos decanos y decanas están más preocupados por intentar
paliar sus crisis presupuestarias con lo que puedan conseguir del CBC en
rentas, designaciones y hasta espacio físico, que por pensar seriamente el
problema del ingreso universitario, y sus desafíos académicos y didácticos.
Desde el Colectivo Docente del CBC creemos
que la mejor manera de afrontar estas situaciones es democratizando el CBC,
constituyendo un gobierno del mismo en el que participen quienes conocen y
piensan sus problemas.
Consideramos que una propuesta de ese tipo
debe construirse y consensuarse con todos los sectores de la comunidad
educativa del CBC. Es por eso que en aquella asamblea de nuestro gremio
impulsamos la creación de la comisión de trabajo, que funcionó de manera
abierta y en la cual participamos activamente. En esta oportunidad queremos
enviarles el borrador surgido de ese trabajo. Este borrador aún no ha sido
aprobado por los órganos democráticos de nuestro gremio: si la comisión fue
mandatada por una asamblea, el proyecto que lleve nuestro gremio deberá ser
aprobada por una asamblea. Para que quienes participen de la asamblea próxima
puedan votar la propuesta, hacerle aportes, objeciones o lo que consideren,
deben conocerla. Es por eso que la enviamos, como borrador.
Asimismo,
consideramos de fundamental importancia abrir el diálogo con el movimiento
estudiantil, representado en la Federación
Universitaria de Buenos Aires, con quienes debemos acordar un
proyecto común que podamos impulsar conjuntamente.
Convencidos y convencidas de que el trabajo
conjunto de quienes conocemos de cerca al Ciclo Básico Común será lo único que
podrá darnos esperanza de un mejoramiento de la situación laboral y pedagógica
en el CBC, los y las invitamos a participar de las próximas instancias de
discusión y resolución de nuestro gremio.
Colectivo Docente del CBC
Minoría en la Comisión Directiva de AGD-CBC
colectivodocentescbc@gmail.com
Documento
borrador de trabajo, a ser discutido y aprobado por los órganos democráticos de
AGD-CBC
Proyecto de Reglamento Interno del Consejo Directivo del CBC, la Junta Interdepartamental
y las Juntas de Departamentos del CBC
VISTO: El Estatuto Universitario y las Resoluciones (CSP) 323/84, 1882/84 y
posteriores que crearon y/o modificaron las condiciones institucionales del
Ciclo Básico Común de nuestra Universidad
y CONSIDERANDO:
·
Que, en el caso del Ciclo Básico Común (CBC), no se ha podido avanzar en normas
institucionales que honren el artículo 26 del Estatuto Universitario y
garanticen el cogobierno consagrado por el mismo, y que permitan a quienes
sobrellevan el trabajo cotidiano participar de las decisiones y el gobierno del
Ciclo y de la
Universidad , como sí sucede en la Facultades ,
con las excepciones que también habrán de ser corregidas.
·
Que a 30 años de su creación, y pese a la existencia de varios proyectos de
institucionalización, es preciso considerar la extendida irregularidad en la
situación institucional del CBC como un grave problema.
. Que, según la resolución que
establece su creación, el CBC se propone brindar una formación básica, integral e interdisciplinaria, en que el
estudiante sea sujeto activo del proceso de aprendizaje.
. Que el CBC, puesto en marcha
en 1985, desempeña una función primordial en la formación universitaria, tanto
de incorporación a la vida universitaria y acompañamiento en la inclusión de
todos los sectores sociales a la
Universidad , como brindando un marco propicio para el
incentivo, la determinación y el asentamiento de vocaciones profesionales.
·
Que el CBC es una Unidad Académica plena de la Universidad
y no una unidad experimental o de asistencia, correspondiendo, tal como se
establece en la resolución de creación del mismo, al primer año universitario.
·
Que a pesar de tener más de 30 años de existencia buena parte del plantel
docente que se encuentra a cargo de cursos tiene carácter “interino” desde hace
décadas, al ser concursados únicamente un número marginal de cargos de
profesores y en ningún caso de auxiliares.
. Que en contra de lo
establecido en el Estatuto Universitario, en particular en su artículo 26, el
CBC es llevado adelante mayoritariamente por docentes auxiliares con
dedicaciones simples.
·
Que existe en el CBC un antecedente democrático en la experiencia institucional
informal de implementación de Juntas Departamentales y una Junta
Interdepartamental con representantes directos elegidos por los mismos
docentes, experiencia en base a la cual fue presentado un proyecto de
Resolución en noviembre d e1996, y que esta experiencia debe ser tomada en
cuenta y mejorada.
· Que a la largo de los últimos
años se impulsaron distintos variados tipos de reformas del CBC que afectaron
distintos intereses académicos y laborales de los docentes y estudiantes, sin
que medie una participación democrática y el compromiso de sus claustros en
cualquier proceso de reforma y modernización, ni una reflexión pedagógica que
fundamente tales reformas.
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1°. Aprobar el Reglamento Interno para un Consejo Directivo del
CBC y la creación de Juntas de Departamentos y una Junta Interdepartamental, según
se presenta en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2°. De forma
Anexo
Reglamento del Consejo Directivo del CBC
Sección I
INTEGRACIÓN
El Consejo Directivo del CBC estará compuesto por 5 representantes docentes
(claustro único donde podrán votar profesores y auxiliares), 3 estudiantes, un
no docente y un director.
Los representantes docentes y estudiantiles serán elegidos cada dos años en
elecciones generales del CBC, a través de listas conformadas al interior de
cada claustro, más allá de la sede o materia en la que se desempeñen.
Los representantes estudiantiles podrán permanecer en su cargo más allá de
que concluyan la cursada del CBC antes de que termine su mandato.
El representante no docente será elegido en elecciones generales de los no
docentes de todas las sedes, cualquiera sea su condición laboral.
El Director del CBC será elegido por voto universal de cada uno de
los claustros, en la misma proporcionalidad que tienen los mismos en el Consejo
Directivo.
Cada representación tendrá un suplente.
SECCIÓN II
CONDICIONES DE LA
REPRESENTACIÓN
Pueden integrar el Consejo Directivo del CBC todos los profesores y
docentes activos en el CBC y estudiantes que en momento de la elección estén
cursando y tengan al menos dos materias aprobadas.
Los docentes (profesores y docentes auxiliares de primera o de segunda)
durarán dos años en sus funciones pudiendo ser reelegidos una sola vez en
sucesión directa. Los representantes estudiantiles durarán dos años y no podrán
ser reelegidos.
La ausencia de alguno de los miembros de la Junta será cubierta por su
suplente.
SECCIÓN III
FUNCIONES
Corresponde al Consejo Directivo:
1. Asegurar la
representación orgánica del CBC, en cada una de las instancias institucionales
de la UBA.
2. Orientar y coordinar
la elaboración de un proyecto académico actualizado que perfile el ciclo
inicial de los estudios universitarios.
3. Elaborar un plan de
regularización del plantel docente del CBC
4. Elaborar un Plan anual
de Investigaciones a propuesta de los Departamentos.
5. Elaborar un Plan anual de Extensión a propuesta de
los claustros.
6. Canalizar propuestas
en el proceso de elaboración del Presupuesto Anual del CBC y realizar la
auditoría permanente en el proceso de su ejecución.
7. Elevar al Consejo
Superior la propuesta de Jurados para los Concursos de Profesores, de acuerdo
con la sugerencia de los respectivos departamentos
8. Conducir la
elaboración de un proyecto de institucionalización del CBC, que habrá de
crearse sobre la base de su actual estructura.
9. Representar al CBC en
todas las instancias de debate y propuestas del proceso de Reforma de la UBA.
SECCIÓN V
ATRIBUCIONES
El Consejo Directivo tiene carácter deliberativo y
resolutivo respecto del conjunto de las cuestiones laborales, institucionales y
académicas del CBC, sin dejar de tener en cuenta las atribuciones y funciones
de la Junta
Interdepartamental.
El conjunto de las resoluciones adoptadas por el CD,
al igual que ocurre con el resto de las facultades, serán elevados al Consejo
Superior en carácter informativo.
SECCIÓN VI
FUNCIONAMIENTO
El Consejo Directivo se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias.
Las sesiones ordinarias de convocatoria automática se realizarán cada 15
días. El quórum necesario para funcionar será de al menos el 60% de los
miembros del organismo y por lo menos un representante por claustro. Las
sesiones ordinarias revestirán carácter deliberativo y resolutivo.
Las sesiones extraordinarias se realizarán bajo el pedido de al menos 3
Consejeros, siendo necesaria la firma de por lo menos un representante del
claustro único docente y del claustro estudiantil. La convocatoria se realizará
por lo menos con 48 horas de anticipación, siendo el temario acotado a un punto
que por su carácter de urgente no puede ser abordado en la reunión ordinaria
del organismo.
Las resoluciones serán adoptadas por votación. Se necesitará la mayoría
simple de los presentes para aprobar una resolución. En caso de empate
desempatará el director del CBC.
Las reuniones ordinarias y extraordinarias serán públicas.
-o-o-o-
Reglamento Interno de Estructura Departamental del
CBC
SECCIÓN I
INTEGRACIÓN
Cada representación tendrá un suplente, elegidos en la misma
proporcionalidad que los titulares.
Los docentes y los estudiantes elegidos desde los
Departamentos representan al sector que les ha conferido su mandato y son
responsables ante él.
SECCIÓN II
CONDICIONES DE LA
REPRESENTACIÓN
Pueden integrar las Juntas de Departamentos y la Junta
Interdepartamental todos los profesores y docentes en el CBC y
estudiantes que en momento de la elección estén cursando y tengan al menos dos
materias aprobadas.
Los profesores y docentes auxiliares que integren la Junta de Departamento
y la Junta Interdepartamental durarán dos años en sus funciones pudiendo ser
reelegidos una sola vez en sucesión directa. Los representantes estudiantiles
durarán dos años y no podrán ser reelegidos, pudiendo completar su mandato si
termina el cursado del CBC mientras dure el mismo.
La ausencia de alguno de los miembros de la Junta será cubierta por su
suplente.
SECCIÓN III
FUNCIONES
Corresponde a la Junta Interdepartamental:
1.
Proponer, deliberar y resolver respecto
del CBC, su proyecto y su estructura, en todo proceso que implique una reforma
curricular integral del ciclo o de la Universidad de Buenos Aires.
2.
Proponer y deliberar acerca de
cuestiones de índole académica o curricular.
La Junta Interdepartamental extenderá el cumplimiento de sus
funciones básicas desplegando una dinámica que incluya entre otras
actividades posibles.
1.
La convocatoria a un foro de discusión con participación de las
Facultades sobre el carácter de los estudios universitarios iniciales.
2.
La organización de jornadas y seminarios destinados a profundizar el carácter
de los estudios básicos para mantener actualizados los Planes y Programas de
los distintos Departamentos y asignaturas.
3.
La realización de jornadas de articulación de la Universidad con el
nivel medio de enseñanza, en colaboración con las autoridades de los ciclos
educativos
Corresponde a la Junta de Departamento:
1.
Preparar el plan de actividades docentes y de asignación anual de las funciones
que corresponden a los profesores y al personal docente auxiliar, regular e
interino, en consulta con los interesados.
2.
Atender las problemáticas de deserción, orientación
vocacional y de aprobación de materias y proponer alternativas para su
superación.
3.
Elevar al Consejo Directivo, para su aprobación, los programas de los cursos y
las propuestas de designación de personal docente para cada curso.
4.
Proponer al Consejo Directivo cursos para los docentes auxiliares y profesores,
de especialización y de actualización.
5.
Bregar por el cumplimiento de la carrera docente,
6. Elevar
al Consejo Directivo los pedidos de publicaciones solicitadas por las cátedras.
7.
Asesorar a las Bibliotecas de las distintas Sedes del CBC acerca del material
bibliográfico.
8.
Proponer invitaciones a personalidades científicas, intercambio de profesores,
con otras instituciones del país y del extranjero, y la realización de
congresos, seminarios, conferencias, talleres y todo tipo de reuniones y
actividades científicas.
9.
Presentar a las autoridades al término de cada año, una síntesis de las
actividades realizadas.
10.
Canalizar las sugerencias y requerimientos que le presenten los
profesores, los docentes auxiliares y los organismos gremiales de
estudiantes y docentes, en todo lo referido a la marcha de los asuntos
académicos.
11. Aprobar
las actas de las reuniones de Junta Departamental.
SECCIÓN V
ATRIBUCIONES
La Junta Interdepartamental asume responsabilidades
propositivas, deliberativas y resolutivas respecto del CBC en todo proceso que
implique una reforma curricular del mismo de carácter integral.
SECCIÓN VI
FUNCIONAMIENTO
La Junta Interdepartamental se reunirá en sesiones plenarias al menos una vez por cuatrimestre, siendo
facultada para emitir resoluciones.
El quórum necesario para funcionar será de al menos el 60% de sus
integrantes.
Las sesiones serán convocadas con no menos de cuarenta y ocho horas de
anticipación, para atender la presencia de autoridades de la UBA,
representantes de otras unidades académicas o personalidades invitadas.
Las sesiones de la Junta Interdepartamental serán presididas por un miembro
elegido a tal efecto en cada reunión.
La Junta Interdepartamental elegirá por mayoría simple de sus
miembros un Secretario de Actas titular y uno suplente cuyas funciones
serán llamar a las reuniones, comunicar el Orden del Día y labrar las
actas correspondientes.
Las resoluciones de las sesiones plenarias serán adoptadas por votación
cada vez que no haya acuerdo entre los miembros reunidos. Se necesitará la
mayoría simple de los presentes para aprobar una resolución. En caso de empate
desempatará quien presida la reunión.
En caso de tratarse de reformas curriculares o académicas de orden
integral, la aprobación requerirá una mayoría de dos tercios de los presentes
Las reuniones serán públicas.
La Junta Interdepartamental podrá comisionar a algunos de sus miembros el
tratamiento de cuestiones específicas o la preparación de documentos
resolutorios u otra índole cuando lo estime necesario.
Las reuniones extraordinarias serán convocadas por solicitud de al
menos tres miembros pertenecientes a más de un claustro de cada materia.
SECCIÓN VII
REFORMA DEL REGLAMENTO
El presente reglamento podrá ser modificado en todo o en parte. La
propuesta de reforma será elevada al Consejo Directivo del CBC con la
firma de la mayoría simple de los miembros de la Junta Interdepartamental,
o de al menos 4 miembros del Consejo Directivo. Las propuestas serán debatidas
y resueltas en sesión plenaria. La aprobación de las reformas requerirá el voto
universal de los dos claustros. Una vez que esto sucediere, el proyecto de
reforma será elevado al Consejo Superior para su aprobación.